Conforme a las normas ciertas de Derecho internacional y sin perjuicio a las obligaciones que se deriven de convenios internacionales, los Estados tienen derecho a controlar la entrada de extranjeros en su circunscripción. Al hacerlo dispone de una amplia poder discrecional. QUINTO.- En cuanto al fondo del asunto, conforme https://zionnuxcb.jiliblog.com/87198423/5-técnicas-sencillas-para-la-abogado-penal-francia