Reconociendo la contribución a la expansión del comercio mundial que puede hacerse mediante una integración mayor de las economÃas de los paÃses que participan en tales acuerdos; 1. El presente Acuerdo es aplicable a todas las medidas sanitarias y fitosanitarias que puedan afectar, directa o indirectamente, al comercio internacional. Tales https://ricardofdztp.blue-blogs.com/43469637/top-bancos-de-concreto-secrets