Son considerados accidentes laborales aquellos sufridos por el trabajador en el trayecto a recorrer necesario para cumplir con la delegación convocada; Ganadorí como el generado durante la realización de la misma En el interior del horario de trabajo. Los accidentes debidos a imprudencia temeraria del trabajador/a (Art. 115.4 b, LGSS): https://elleryo975hex5.creacionblog.com/profile